La creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) abre una nueva etapa para las grandes empresas, ya que podrán contar con mayor previsibilidad, eficiencia y control sobre sus recursos. Desde POST te explicamos cómo se aplica y sus beneficios.
Con la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las grandes empresas se enfrentan a un cambio de paradigma: transformar un hecho incierto y volátil en una estructura de capitalización previsible y eficiente.
Esta herramienta, lejos de ser un costo, se presenta como una oportunidad estratégica para optimizar los recursos de las empresas. Esto se debe a que el monto destinado a este fondo se descuentan de los aportes que la compañía ya hace al ANSES, por lo que, en términos reales, no implica ningun costo extra.
FAL: cómo se aplica a las grandes empresas
A diferencia del entramado PyME, las corporaciones cuentan con dinámicas de escala que la normativa contempla de manera específica. Una de ellas es la alícuota diferenciada, ya que las grandes empresas deberán destinar mensualmente el 1% de su masa salarial al fondo (mientras que para las micro y PyMEs el aporte es del 2,5%).
El Poder Ejecutivo retiene la facultad de elevarlo hasta un 1,5% según la evolución del sistema. Asimismo, es una herramienta neutral en costos, es decir, tiene impacto cero en caja.
Este punto es muy importante para los CFOs, ya que los aportes no implican un desembolso adicional, sino que se descuentan directamente de las contribuciones patronales que la empresa ya realiza al SIPA a través del Formulario 931 de ARCA.
No obstante, si la empresa lo desea, puede elevar de forma voluntaria el porcentaje aportado. De esta forma, las compañías que ya cuenten con fondos destinados a la previsión de reducción de estructura pueden incorporar dichos valores a este activo.
Al mismo tiempo, la escala juega a favor del segmento corporativo. Por el volumen de su nómina, las grandes organizaciones se convierten en las candidatas naturales para estructurar fondos exclusivos o monocompañía, lo que les permite diseñar vehículos financieros a medida.
A esto se suma la cláusula de suspensión, un mecanismo de flexibilidad clave para la planificación financiera de mediano plazo. Si el saldo acumulado en la cuenta alcanza los niveles de cobertura exigidos por la reglamentación para responder a las contingencias estimadas, la firma puede solicitar la interrupción temporal de los aportes mensuales, liberando de inmediato ese flujo de fondos para otros destinos estratégicos de la empresa.
Además, las comisiones que pueden cobrar las empresas encargadas de administrar estos fondos tienen un tope del 1%, por lo que el costo involucrado es bastante bajo.
Los beneficios del FAL para grandes empresas
El FAL introduce una dinámica de asset management donde antes solo había previsiones contables en un balance. Su ventaja principal es la previsibilidad y eliminación de la volatilidad en tesorería.
Las desvinculaciones imprevistas suelen generar picos de estrés financiero en el flujo de caja. Al prorratear el costo de manera mensual y automatizada, la tesorería pasa de un esquema puramente reactivo a uno planificado.
Por otra parte, es un esquema flexible, por lo que las empresas pueden cambiar de un fondo a otro sin ningún inconveniente. Esto permite que las compañías tengan libertad de elegir el activo que mejor se adapte a sus necesidades.
También hay una mayor eficiencia fiscal, ya que el dinero no queda inmovilizado, sino que se invierte en un fondo cuyos activos son negociados en Argentina y autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV) para preservar su valor real.
Lo atractivo para las finanzas de la empresa es que tanto las contribuciones como los rendimientos generados por las inversiones están completamente exentos del Impuesto a las Ganancias y del IVA. No obstante, se esperan definiciones sobre Ingresos Brutos y Bienes Personales.
Asimismo, se constituye como un patrimonio de afectación específica, totalmente independiente de los activos de la compañía. Esto significa que es inajenable e inembargable, protegiendo esos recursos exclusivamente para el fin que fueron creados.
En caso de quiebra, cese definitivo o si la empresa pasa 6 meses sin empleados, el remanente vuelve al empleador una vez liquidados los compromisos. Por último, la operatoria es más simple.
Ante un evento indemnizatorio (despidos, preavisos, integración o fallecimiento), el empleador instruye la liquidación mediante declaración jurada. La entidad administradora verifica los datos y transfiere el monto directamente a la cuenta del trabajador.
El FAL entrará en vigencia el 1 de noviembre. A su vez, antes del mes de agosto, tienen que estar las reglamentaciones y definiciones operativas del resto de los organismos intervinientes, lo que le permite a las administradoras y organismos públicos a trabajar sobre las modificaciones pertinentes y el diseño de los fondos.
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