AFIP ofrece descuentos de hasta el 70% en deudas del monotributo

Por Equipo Santander Post | 14-08-2024 | 4 min de lectura

AFIP acaba de habilitar la moratoria aprobada en el paquete fiscal que le permite a los contribuyentes acceder a importantes descuentos. Te contamos los detalles.

El monotributo alcanza a una gran cantidad de contribuyentes, sobre todo a emprendedores y trabajadores independientes. Con el objetivo de ayudar a los contribuyentes, el fisco estableció importantes beneficios para todos los que tengan deudas y deseen adherirse a un plan de pagos.

Recientemente, AFIP acaba de habilitar una moratoria, que fue aprobada en el paquete fiscal, la cual cierra su primera etapa el jueves 15 de agosto inclusive. El organismo detalló que condonará hasta el 70% de los intereses resarcitorios y punitorios en hasta un 70%. Luego, el beneficio se reduce a un 60% y luego en un 50%.

Asimismo, el fisco ofrece dos tipos de planes de pago: los cortos, que permiten hasta 3 cuotas, y los largos, con hasta 84 pagos y bonificación de hasta el 100% de los intereses para monotributistas y PyMEs.

Sin embargo, este tiene marcadas diferencias con el plan que se implementó en la gestión anterior. Cabe recordar que, en el 2023, el gobierno prorrogó el pago de los componentes impositivos de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2023, como también los dos primeros meses del 2024. Dichos componentes se abonaron en marzo, abril y mayo, junto con la cuota del monotributo.

¿Cuáles son los planes de refinanciación lanzados por AFIP?

Desde el fisco señalaron que se podrá regularizar deudas con AFIP tanto aduaneras, como impositivas y de seguridad social, siempre que hayan vencido hasta el 31 de marzo del presente año inclusive. Además, también se incluyen multas y otras sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta esa fecha, sin importar si están o no relacionadas con esas obligaciones, como también los intereses punitorios y/o resarcitorios.

Los planes de 3 cuotas condonan hasta un máximo del 70% de los intereses y la tasa de financiación se define, según AFIP, en función de cada contribuyente. Asimismo, la cantidad máxima de cuotas, la tasa de financiamiento, entre otras cuestiones, estarán definidas según la tipificación del contribuyente al momento que se acogió al régimen. Sin embargo, en el caso de monotributistas y PyMEs, podrán gozar de hasta un 100% de bonificación en los intereses.

En cuanto a las fechas y descuentos generales, son las siguientes:

  • Hasta el jueves 15 de agosto: un máximo de 70%
  • Entre el viernes 16 de agosto y el sábado 14 de septiembre: 60%
  • Entre el domingo 15 de septiembre y el lunes 14 de octubre: 50%
  • Hasta el lunes 14 de octubre: 40%
  • Entre el martes 15 de octubre y el viernes 13 de diciembre de 2024: 20%

¿Cuál es la diferencia con el plan anterior y cómo se abonaba?

En el caso del plan implementado por el Gobierno anterior, solo se refinancia el componente impositivo sin ningún tipo de recargo. Además, los monotributistas no pagaban en el momento que se originaba la obligación, es decir, no era una deuda previa.

Matías Puga, contador público y gerente del Estudio del Amo, explica a este medio que, en ese entonces, todos los monotributistas que se encontraban encuadrados en las categorías A, B, C y D, las cuales se habían prorrogado los vencimientos del pago del componente impositivo, tuvieron que abonar sus cuotas junto con el monotributo habitual. “Es importante tener en cuenta que no se abonó el total del monotributo de esos meses, ya que las cuotas suelen incluir el componente previsional, los cuales se abonaron en su momento”, detalla.

Agustín Segundo Sosa, cofundador y director ejecutivo de Tributo Simple, señala que el valor de los montos que se saldaron no eran altos, ya que iban desde los $496,85 hasta los $2.689,05, por componente impositivo, dependiendo de la categoría y actividad.

Quienes aceptaron dicha  prolongación de pago, el contador explica que tuvieron que respetar las siguientes fechas de vencimiento:

  • 20 de marzo: para las cuotas de septiembre y octubre de 2023, junto con la de marzo de 2024.
  • 22 de abril: para las cuotas de noviembre y diciembre de 2023, así como también la de abril de 2024.
  • 20 de mayo: para las cuotas de enero, febrero y mayo de 2024.

Los valores de las cuotas diferidas y la del mes correspondiente pueden observarse ingresando al portal del Monotributo, dentro de la opción “Próximo Vencimiento”.

¿Qué tenía que hacer un usuario para abonar dichos componentes impositivos?

Verónica Bottini, contadora pública del Estudio del Amo, detalla que, para abonar la parte impositiva de las cuotas del monotributo, cuya fecha de vencimiento de pago fue prorrogada, simplemente se tenía que ingresar al servicio de AFIP/CCMA- Cuenta corriente MT y Autónomos, seleccionar los meses pendientes y generar el volante de pago (VEP) correspondiente. 

Además, solo se podía pagar por VEP, ya que no tomaba el débito automático. Es decir, quienes se encontraban adheridos al débito automático solo le cobraban el mes corriente, por lo que debían hacerlo por separado.

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