¿Cuánto vas a pagar de ingresos brutos en 2023?

Por Equipo Santander Post | 17-05-2023 | 4 min de lectura

Cómo se aplicarán las subas impositivas durante este año. De cuánto serán los aumentos y quienes son los obligados a pagarlos.

El impuesto de ingresos brutos es un tributo que se aplica en Argentina a nivel provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Cada jurisdicción tiene su propia normativa y procedimientos para su aplicación y cobro. De allí surgen las diferencias en las que se aplica y se calcula el impuesto en cada lugar.

En la provincia de Buenos Aires ingresos brutos se aplica a todas las actividades comerciales, profesionales y de servicios. Este impuesto es recaudado por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) y su tasa varía según la actividad que se realice. Además, hay algunas actividades que están exentas, como la educación, la salud y la venta de bienes inmuebles.

En CABA, el impuesto de ingresos brutos se aplica a todas las actividades comerciales, industriales y de servicios. Es recaudado por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y su tasa varía según la actividad. A diferencia de la provincia de Buenos Aires, los profesionales están exentos del pago de este impuesto.

Es importante tener en cuenta que ingresos brutos es un impuesto a la actividad económica, no a las ganancias. Es decir, se aplica sobre el total de la facturación, sin tener en cuenta los costos o gastos de la actividad. En ambas jurisdicciones se paga mensualmente. 

El impuesto en provincia, paso a paso

En el último tiempo, la provincia de Buenos Aires implementó el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos para facilitar y agilizar el cumplimiento tributario de los monotributistas. A través de la adhesión al Monotributo Unificado Nacional, este régimen simplificado permite reducir trámites y aliviar la carga administrativa para aquellos que se inscriban.

Al adherirse al Régimen Simplificado de Ingresos Brutos, los monotributistas podrán realizar un pago mensual con un monto fijo y predeterminado, que incluye el monto del monotributo más el pago del impuesto de ingresos brutos. Además, dejarán de presentar declaraciones juradas mensuales y anuales y no se les realizarán más retenciones y percepciones por movimientos en sus cuentas bancarias, operaciones con tarjetas de crédito o compras a proveedores.

Este régimen simplificado está disponible para los contribuyentes bonaerenses de Ingresos Brutos, incluyendo todas las categorías de monotributo que no estén inscriptas en convenio multilateral. Solo las personas humanas (incluyendo sucesiones indivisas) pueden acceder a este régimen, excluyéndose las personas jurídicas.

Para adherirse al Régimen Simplificado de Ingresos Brutos, los monotributistas deben ingresar con su CUIT y Clave CIT y confirmar la adhesión con un solo clic. La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires tiene a disposición de todos los contribuyentes, una calculadora para saber cuánto deberán pagar por mes quienes adhieran a esta opción. 

Asimismo, cada categoría de monotributo ya tiene asignado su monto fijo correspondiente al pago de Ingresos Brutos para el 2023: 

  • A $ 498
  • B $ 959
  • C $ 1.511
  • D $ 2.547
  • E $ 4.165
  • F $ 5.569
  • G $ 7.104
  • H $ 14.917
  • I $ 18.531
  • J $ 22.153
  • K $ 25.575

¿Cuándo se debe pagar en CABA?

Todos los que quieran iniciar un negocio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán tributar Ingresos Brutos. La alícuota general es del 3% sobre el monto bruto de las operaciones realizadas, aunque también existe un régimen simplificado para los monotributistas que facturan montos no muy altos.

Las escalas para el 2023 quedaron establecidas de la siguiente forma:

  • A $3.750
  • B $5.570
  • C $7.790
  • D $9.670
  • E $11.390
  • F $14.240
  • G $17.090
  • H $21.150

Al igual que en la provincia de Buenos Aires, la alícuota del tributo varía según la actividad realizada, y el pago se calcula aplicando dicha alícuota al monto facturado, descontando las retenciones sufridas. Por otro lado, si un contribuyente realiza una actividad que se desarrolla en más de una región, es obligatorio inscribirse en el Convenio Multilateral

Desde 2015, en CABA la recategorización es cuatrimestral, debiendo los contribuyentes tener que verificar en enero, mayo y septiembre de cada año que no existan cambios que modifiquen su categoría.

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